Foro Orgánico (Preguntas y respuestas)
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FORO COMUNICADO:
Comunicado C006-CUP-2020 - Enmienda de la Regulación (CE) 1235/2008 sobre emisión de Certificados de inspección
Actualizado en base al Comunicado C008-CUP-2020 – Actualización de información de la Regulación (CE) 1235/2008, nuevos procedimientos sobre emisión de certificados de inspección.
El correo ha sido recibido. Es decir que entrará en vigor el día 02 de febrero? Esto aplica para los COI's y TC?
Efectivamente entrará en estricto rigor para cualquier embarque orgánico a partir de esta fecha. Esto significa que la solicitud del COI por parte del cliente, y su emisión (firma) en el sistema TRACES por parte de Control Union, deberá realizarse ANTES DEL ZARPE DE LA NAVE.
Este requerimiento es aplicable sólo para los Certificados de Inspección (COI por sus siglas en inglés) con destino la Unión Europea.
Como se debería hacer si yo le solicitó al productor su Certificado de transacción para poder emitir el COI?
El trámite de solicitud de certificados de transacción debe realizarse con antelación para evitar no tener toda la documentación completa para la solicitud de emisión de COI. Cabe mencionar que CUP estará trabajando con un máximo de 24 horas de emisión desde la recepción de documentación completa y correcta para el caso de certificados de transacción.
Tengo la consulta, si el TC se emite el mismo día del zarpe, ¿habría algún inconveniente?
Respecto al COI, en estos casos el COI debe emitirse antes del zarpe. Si el zarpe es a las 10pm del día 1, la emisión debe realizarse antes de las 10 pm del día 1, en caso no sea de esta manera, el organismo de certificación no podrá emitir el COI y la carga podrá ser reducida a convencional por parte de la autoridad aduanera del Estado Miembro de la Unión Europea.
Podría por favor, comentarnos acerca de ese certificado de inspección; a qué se refiere exactamente y en procedimientos prácticos, ¿Cómo sería la secuencia de acciones?
El certificado de inspección es equivalente al certificado orgánico de importación (COI), el cual deberá ser emitido antes de la fecha del zarpe.
El procedimiento es el mismo de siempre, solicitud vía portal CIS subiendo el soporte correspondiente, CUP genera un borrador y se lo envía para su aprobación, una vez recibida la aprobación se emitirá (firmará) en el sistema TRACES el certificado orgánico de importación. En el caso de que la nave esté zarpando al día siguiente del envío del borrador para aprobación, no se podrá esperar más de las 4 pm para la aprobación del COI.
CUP estará trabajando con un máximo de 48 horas para la emisión de COI desde la recepción de documentación completa y correcta.
Existe la posibilidad de emitir un COI solo con el BORRADOR de BL y/o de Factura
Se está contemplando esta opción como alternativa de emergencia siempre y cuando:
1.- exista una justificación valida de parte de la naviera o empresa de transporte internacional.
2.- se regularice el BL final en no más de 4 días calendario posteriores a la firma del COI en TRACES.
3.- La impresión del COI firmado en el sistema TRACES solo se hará una vez se tengan los documentos finales. Según la información brindada por la Comisión Europea, adicional a la casilla 17 del COI que se indicó inicialmente como modificable, se han habilitado las casillas 13, 16 para que puedan ser modificadas como máximo 10 días luego de la firma del COI en TRACES. Debido a esto, es muy importante que cumplan con el plazo de envío de documentación final a los 4 días calendario posteriores a la firma del COI, así CU tiene tiempo suficiente de regularizar la información, imprimir el COI en físico, y enviarlo según lo coordinado con el exportador.
En caso de no cumplirse con lo mencionado el COI se eliminará y por ende la mercadería no podrá ser desaduanada como orgánica en el estado miembro de la Unión Europea.
¿Qué tiempos manejará CU para la emisión de los COI? Me refiero una vez subida la información al sistema en que tiempo se emite el documento para calcular los tiempos.
El tiempo de trámite es el mismo, de 48 horas hábiles desde ingresada la solicitud en el sistema CIS CLIENT. Por ejemplo, si solicitan antes del mediodía, el borrador será enviado durante la tarde del mismo día, en cambio sí solicitan durante la tarde luego del medio día, el borrador será enviando antes del mediodía de la mañana siguiente. En caso la solicitud ingrese un viernes por la tarde, se podrá coordinar para trabajarlo este mismo día. Con el caso de fin de semana, esto tendrá que ser solicitado por el cliente hasta el mediodía del día jueves de la semana en cuestión.
Recuerde que, para cumplir con este tiempo, la documentación tiene que estar completa y correcta, caso contrario el tiempo de 48 horas correrá desde que envíen la documentación faltante.
¿Cómo haremos con los despachos aéreos?
El nuevo procedimiento, aplica tanto para marítimos como aéreos con destino a la UE, con el mismo plazo de tiempo.
Tengo entendido que la nueva regulación rige a partir del 02 de febrero. ¿Esta fecha es de zarpe o de llegada?
Se refiere a la fecha de zarpe.
En caso se presente una corrección / cambio posterior al COI emitido (firmado en TRACES), ¿hay algún plazo para esta solicitar la corrección? ¿Esta corrección podría salir con la fecha inicial del COI?
El plazo para la corrección es de 4 días calendario a partir de la fecha en la que el COI fue firmado en el sistema TRACES, fecha en la cual debemos tener los documentos finales para que sean reconfirmados en las casillas 13, 16 y 17 en el sistema. La corrección en algunas de estas casillas no es considerada un reemplazo sino una actualización de información, por lo tanto, no se genera un nuevo COI.
En el caso de que los cambios sean en casillas diferentes a las arriba mencionadas, si se genera un reemplazo del COI, el cual tendrá fecha de la realización del reemplazo.
¿Cómo se trabajará con los productores que cortan la fruta un viernes, tramitan la solicitud entre sábado y domingo?
Control Union evaluará la posibilidad de tener un ejecutivo de cuenta para poder realizar trámites de COI los días Sábados y Domingos.
Para ello, solo se aceptarán programaciones de emisión para Sábados y Domingos en base a coordinaciones con los exportadores hasta el día jueves al mediodía de la semana en curso. Esto con el fin de organizar al equipo de la manera más eficiente posible.
En base a dichas coordinaciones previas, el horario de atención los sábados sería de 09:00 a 13:00 horas.
¿Cómo se trabajarían los trámites que se ingresan un sábado por la tarde y el buque o el avión sale el domingo por la noche? ¿Se puede proceder a realizar luego del zarpe?
No se podrán emitir COIs después de la fecha de zarpe.
Control Union evaluará la posibilidad de tener un ejecutivo de cuenta para poder realizar trámites de COI, sábados y domingos, en caso de ser esta una situación extrema, se deberá indicar con antelación máximo el día Jueves de la misma semana para dicha programación
El COI reemplazo que será firmado luego del zarpe, ¿será válido para la aduana?
Esta pregunta deben realizarla directamente a Aduanas. Control Union podrá emitir un reemplazo ya que es una actualización, sin embargo, es Aduana quien decide su validez en el momento de entrada.
¿Qué información no es posible actualizar, por lo cual será necesario solicitar un COI de reemplazo?
En el COI emitido desde TRACES las siguientes casillas no podrán ser modificadas y en caso exista alguna actualización deberá ser a través de un reemplazo
1.- Issuing control body or authority(name, address and code)
2.- Procedure
3.- Serial Number of the COI
4.- Exporter (name and address)
5.- Producer or processor of the product (name and address)
6.- Control Body or Control Authority (name , address and code)
7.- Country or origin
8.- Country of export
9.- Country of clearance(Point of entry)
10.-Country of destination
11 Importer (name, address)
12.- First consignment delivery
14-15 Container N°/Seal N°(OPCIONAL)
Si he realizado embarques antes del 2 de Febrero, y aun no he solicitado la emisión del COI, hasta cuando tengo tiempo para que se emita.
No se podrán emitir COIs de embarques anteriores a la fecha de zarpe 2 de Febrero posteriores a esta fecha. Es decir, si tiene pendiente la emisión de un COI de la semana 4 del año esta emisión tendrá que realizarse antes del 2 de Febrero. Contactar a su ejecutivo de cuenta.
Se transcribe la última respuesta realizada a nuestros operadores respecto a esta consulta
Dado el nuevo requerimiento de la Enmienda de la Regulación 1235/2008 sobre emisión de Certificados de inspección (COIs), le hacemos recordar que aceptaremos todas las regularizaciones de solicitudes de emisión de COIs por la mercadería orgánica que se encuentren en camino a Europa hasta antes de que la Enmienda de la Regulación 1235/2008 entre en vigencia; después del 02-02-2020 no se aceptará ningún trámite de regularización.
Tener en cuenta que una vez que les enviemos los borradores, tendrán plazo hasta las 4pm del mismo día para ser aprobados por ustedes, caso contrario asumiremos que el borrador está conforme y se procederá a firmarlos en el sistema TRACES con el modo de envío según corresponda.